Videoclip y Registro Audiovisual para la Promoción de la Música Nacional 2025 – Primera apertura

Fondo de la Música, Música

Estado: abierta

Plazo: miércoles 9 de abril de 2025, 17:00 hrs.

La convocatoria 2025 de la Línea de Videoclip y Registro Audiovisual para la Promoción de la Música Nacional (modalidad única). Esta convocatoria tiene por objetivo el financiamiento total o parcial para proyectos de preproducción, producción, postproducción y difusión de un (1) videoclip o el registro audiovisual (de 1 o más obras) para la promoción de música de una banda, artista, agrupación, cantautor, compositor o intérprete(s), correspondiente a un single u obra ya terminada, y su difusión a nivel nacional y/o internacional, en cualquiera de los géneros de música popular, clásica, docta, de raíz folklórica, de pueblos originarios, electroacústica, arte sonoro y/o paisaje sonoro.

Se deberá presentar un plan de difusión del videoclip o registro audiovisual, el cual será evaluado, (según corresponda), independiente del género musical del proyecto. Se evaluará positivamente que los proyectos, ya sea de videoclip o registro audiovisual, indistintamente del género musical al que pertenezcan, estén asociados al posicionamiento artístico e hitos de lanzamiento (single, EP o LP, según corresponda).

En el caso de registro audiovisual, si bien se podrá financiar la postproducción sonora del registro, no se podrán financiar acciones de registro fonográfico.

El presente concurso se llevará a cabo mediante la apertura de dos convocatorias, de acuerdo al siguiente calendario:

Apertura Inicio Cierre Inicio de ejecución de proyectos
Primera Apertura 11 de marzo de 2025 9 de abril de 2025 Entre el 01 de agosto y el 30 de septiembre de 2025
Segunda Apertura Primera quincena de junio de 2025 Primera quincena de julio de 2025 Entre el 01 de octubre y el 30 de noviembre de 2025

¿Quiénes pueden postular?

Personas Naturales: De nacionalidad chilena o extranjera con cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que sean mayores de 18 años.

Personas Jurídicas: Chilenas de derecho público o privado, con o sin fines de lucro. Quedan expresamente excluidas las sociedades de hecho. En el caso de las personas jurídicas privadas, su objeto social o fines que establecen los estatutos o el acta de su constitución deben ser pertinentes con las actividades que forman parte del proyecto que está postulando dicha entidad.

Gastos financiables

  • Operación: Comprende, en general, los gastos necesarios para el cumplimiento de las funciones y actividades para las que fueron otorgados los recursos, tales como, alimentación, arriendos, vestuario, materiales de uso o de consumo, servicios básicos, mantenimiento, reparaciones, artículos de librería, difusión, pasajes, peajes, combustibles, entre otros.
  • Personal: Comprende, en general, todos los gastos por concepto de remuneraciones, aportes del empleador y otros gastos necesarios para el pago del personal en actividad.
    Además, el Ministerio considera la entrega de recursos destinados al responsable del proyecto, aplicable sólo para proyectos cuyos responsables sean personas naturales, consistente en una asignación otorgada por ejecutar una labor para el desarrollo del proyecto postulado. No aplica para proyectos cuyos responsables sean personas jurídicas.
  • Imprevistos: Comprende, recursos destinados a solventar imponderables en la ejecución del proyecto, no pueden exceder el 5% (cinco por ciento) del valor total solicitado al Fondo. No se podrá aumentar la asignación de responsable a través de este subítem.

No financiaremos ningún gasto de inversión, entendiendo que éstos consisten en la adquisición de bienes que resulten indispensables para desarrollar las actividades previstas en el proyecto y que subsisten después de terminado. Corresponde, en general, al gasto por concepto de adquisición de mobiliario, máquinas, equipos, hardware, software, compra de hosting, compra de materiales para escenografía, entre otros, cuando estén relacionados con el proyecto postulado.

Restricciones de la convocatoria

Revisa, a continuación, las restricciones de la convocatoria:

  • Con la finalidad de poder distribuir de mejor manera los recursos, el responsable podrá ser seleccionado sólo con una postulación en esta convocatoria. Por lo mismo, si resulta seleccionado en la primera apertura, la postulación a la segunda apertura será declarada fuera de convocatoria.
  • De la misma manera, si un proyecto en el cual forma parte una determinada banda, artista, agrupación, cantautor, compositor o intérprete(s) banda o solista fue seleccionado en la primera apertura, no podrá ser seleccionado nuevamente, con independencia de su responsable. Si en un mismo periodo existen dos o más proyectos que se encuentren en la situación antes referida sólo será considerado el último proyecto postulado de acuerdo a la fecha y hora de presentación, siendo declarados fuera de convocatoria los restantes.
  • El responsable sólo puede presentar una postulación por cada apertura de la presente convocatoria.  Si se excede dicho número, se considerará sólo la última postulación de acuerdo al día y hora en que se presentó, quedando fuera de convocatoria las restantes.
  • Se deja expresa constancia que no se financiarán y serán declarados como fuera de convocatoria los proyectos que tengan como objetivo los que se indican a continuación:
    • Proyectos cuyo objetivo sea financiar acciones de producción de registro fonográfico o registros audiovisuales de carácter documental de banda(s), artista(s), agrupación(es), cantautor(es), Compositor(es) o intérprete(s). Tampoco financiaremos exclusivamente la etapa de difusión de videoclips o registros audiovisuales terminados al momento de la postulación.
    • Proyectos cuyo objetivo sea financiar registros audiovisuales de más de una banda, como, por ejemplo, registros de ciclos de conciertos, web series, programas de tv, entre otros, de bandas, artistas, agrupaciones, cantautores, compositores o intérpretes.

Duración y ejecución de los proyectos

El proyecto deberá comenzar a ejecutarse durante el año 2025 y en la fecha indicada en la postulación y en un plazo máximo de 6 meses, de acuerdo con lo establecido en el respectivo convenio de ejecución de proyecto.

Antes de postular, te invitamos a leer con atención las bases de esta convocatoria y las preguntas frecuentes.

Si tienes consultas, puedes escribir a fondodelamusica@cultura.gob.cl

Descarga

Para postular

Período de postulación primera apertura: 11 de marzo al 9 de abril del 2025 a las 17:00 horas de Santiago de Chile

Ayuda y recomendaciones

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